Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2004
Fecha: 29-Oct-2004
II.9.
II.9. Mediante Convocatoria 002/2004 suscrita por Wenceslao Ochoa Rivera y Lucía Zárate Limachi, como Presidente y Secretaria a.i. del Concejo Municipal de Achocalla se convocó a los concejales a la sesión ordinaria del lunes 14 de junio de 2004 a horas. 9:00, bajo el siguiente orden del día: control de asistencia, aprobación del acta anterior, lectura de correspondencia, elección de la comisión de ética, análisis del Ejecutivo Municipal, elección del Alcalde interino, Asuntos varios (fs. 146). Esta convocatoria fue notificada a cuatro de los cinco concejales. No consta su publicación en un periódico de circulación nacional.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- admitió
- I.3.1.
- I.3.2.
- I.3.3.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1.
- III.2.
- en caso de licencia, suspensión o impedimento definitivo de los titulares,
- En los casos contemplados en los numerales 5 y 6 anteriores, la suspensión procederá en forma automática a la sola presentación de los hechos que la origine
- III.3.
- III.4.
- acto o Resolución