SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1589/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
procedente
La Resolución 23/2004 cursante de fs. 145 a 146, pronunciada el 30 de julio de 2004 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró procedente el recurso, disponiendo la inmediata restitución del recurrente a su fuente de trabajo, a los estudios que estaba desarrollando y a la percepción de la beca, que le deberá ser cancelada en forma retroactiva desde la fecha de su arbitraria suspensión, con costas, con el fundamento de que el recurrente debió haber sido sometido a proceso administrativo disciplinario respectivo, conforme al art. 153 del Estatuto Orgánico de la UMSS, por lo que se vulneraron sus derechos al trabajo, a la presunción de inocencia y la garantía del debido proceso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- el Secretario General del Rectorado de la UMSS, mediante carta RECT 783/03 le comunicó que en respuesta a su nota de 30 de enero de ese año, adjuntaba copia del informe de Asesoría Legal de esa Universidad
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- resolver en apelación las reclamaciones contra las Resoluciones académico administrativas del Rector
- debió presentar sus reclamos ante el Consejo Universitario, que es la autoridad máxima de esa Universidad y no, obviando ese medio legal que tiene expedito, acudir directamente a la vía del Amparo, pretendiendo utilizar esta acción tutelar en forma sustitutiva de la vía legal descrita, en total desconocimiento de su carácter subsidiario