SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1589/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 23/2004 cursante de fs. 145 a 146, pronunciada el 30 de julio de 2004 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Raúl Meneses Urbano contra Franz Vargas Loayza y Octavio Chávez Alba, Rector y Director de Investigación Científica y Tecnológica (DICyT) de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS), alegando la vulneración a sus derechos a la dignidad, al trabajo, a recibir instrucción y adquirir cultura, al principio de presunción de inocencia y la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 6.II, 7 inc. d), e), 16.I) y IV) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- el Secretario General del Rectorado de la UMSS, mediante carta RECT 783/03 le comunicó que en respuesta a su nota de 30 de enero de ese año, adjuntaba copia del informe de Asesoría Legal de esa Universidad
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- resolver en apelación las reclamaciones contra las Resoluciones académico administrativas del Rector
- debió presentar sus reclamos ante el Consejo Universitario, que es la autoridad máxima de esa Universidad y no, obviando ese medio legal que tiene expedito, acudir directamente a la vía del Amparo, pretendiendo utilizar esta acción tutelar en forma sustitutiva de la vía legal descrita, en total desconocimiento de su carácter subsidiario