SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1628/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1628/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

Fragmento 13

          Las normas previstas por el art. 122 de la LOJ disponen, que “Para la distribución de causas en estado de resolución en las Cortes Superiores de Distrito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en el Título IV Capítulo VI de la presente ley”, referencia legal que remite al Capítulo que regula la “Distribución y sorteo de causas para resolución”, contenidos en los arts. 74 y ss. de la Ley de Organización Judicial.