SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1639/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
II.5.
II.5. En audiencia de consideración de medidas cautelares, el Juez recurrido determinó la detención preventiva de los recurrentes, disponiendo se libre el mandamiento respectivo, bajo las siguientes consideraciones: a) conforme lo requerido por el Ministerio Público los imputados son con probabilidad los posibles autores del hecho, b) los certificados domiciliarios, de antecedentes policiales y de actividades a las que se dedican no han sido emitidos a requerimiento fiscal y han sido expedidos a simple petición verbal, c) la presentación voluntaria de los imputados en mérito a las citaciones emitidas, se ha producido un mes y medio después de acontecido el hecho, situación que no garantiza que estuviesen colaborando con la investigación, no habiéndose desvirtuado en su totalidad el peligro de fuga y el peligro de obstaculización de la verdad (fs. 65 a 68).