Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1669/2004-R
Fecha: 14-Oct-2004
II.1.
II.1. De la imputación formal presentada por el Fiscal recurrido, se tiene que los recurrentes fueron requisados en un puesto de control por efectivos de la FELCN, oportunidad en la que portaban cada uno su pasaporte “aparentemente” legal, pero al procederse a la apertura de un sobre sellado que portaba uno de ellos, se encontraron 6 pasaportes de dudosa procedencia a nombre de 6 de ellos; y otros 2 de otras dos personas desconocidas, razón por la que fueron conducidos a la División Corrupción Pública de la Policía Técnica Judicial.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- “Cuando se trate de delitos de narcotráfico, excepcionalmente, la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico podrá realizar de oficio la requisa sin la presencia de un testigo de actuación o sin requerimiento fiscal dejando constancia en acta de los motivos que impidieron contar con la presencia del testigo o el requerimiento fiscal
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR