SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1669/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1669/2004-R

Fecha: 14-Oct-2004

procedente

Concluida la audiencia, el Juez del recurso declaró procedente el hábeas corpus con los fundamentos siguientes: a) el oficial recurrido no observó la jurisprudencia constitucional relativa a la aprehensión prevista por los arts. 10 de la CPE, 227.1 y 230 del CPP, pues no cursa mandamiento de aprehensión ni elementos de convicción que sustenten un delito en flagrancia y menos de la Ley 1008; y no es válido el argumento de que el arresto, como la aprehensión y requisa pueden ser realizados en cualquier momento. Igualmente el mismo funcionario actuó indebidamente y en contravención del art. 20 de la CPE, pues no existía orden escrita y motivada para requisar documentos; b) el Fiscal igualmente no consideró la normativa constitucional, respecto a la aprehensión y simplemente se limitó a presentar la imputación defectuosa y con fechas y datos no ciertos; c) no corresponde aplicar las normas previstas por el art. 48 del Decreto Supremo (DS) 24423 de 29 de noviembre de 1999; y d) la autoridad jurisdiccional si bien dictó una Resolución disponiendo la detención preventiva en base a una imputación, estaba obligada a analizar la legalidad formal y material de la aprehensión y recién emitir el pronunciamiento.