SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1797/2004-R
Fecha: 18-Nov-2004
II.9.
II.9. El 18 de mayo de 2004, el Tribunal Disciplinario mediante Resolución 002/2004 rechazó la cuestión previa y de especial pronunciamiento por la falta de petición concreta (fs. 143 y 144, y 208 a 209); el 23 de junio de 2004, el Tribunal Disciplinario por Resolución 006/2004 sancionó con la baja definitiva del Instituto sin derecho a reincorporación a Mireya Shirley Morales Escobar por haber incurrido en faltas de tercer grado o graves establecidas en el art. 34.“B”.19 del Reglamento Evaluación del Comportamiento y Régimen Disciplinario relativo a reprobar en conducta en cualquiera de las evaluaciones del semestre (fs. 152 a 154 y 214 a 216). Con esta resolución se notificó a la cadete el 23 de junio de 2004 (fs. 155), que interpuso apelación contra la Resolución del Tribunal Disciplinario 006/2004, el 23 de junio (fs. 156 a 159).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- ahora Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional
- III.3.