Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1797/2004-R
Fecha: 18-Nov-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes afirman que las autoridades demandadas han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, de petición, a adquirir cultura, al debido proceso, a la defensa y a la tutela judicial efectiva, señalados en los arts. 7 incs. a), h) y e), 14 y 16.II y IV de la CPE, por cuanto se los sometió a irregulares procesos disciplinarios, sustanciados ante Tribunales sin la jurisdicción y competencia que deben emanar de la ley, habiendo invocado y aplicado normas de textos legales de orden policial que se encontraban abrogados. Por consiguiente, corresponde establecer en revisión si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- ahora Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional
- III.3.