SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1852/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 31 de octubre de 2002, el Banco coactivante solicitó la exclusión de los codemandados Enrique Freddy Gonzáles y Dorys Justiniano de Gonzáles y aclaró que el capital ejecutable era de $us88.900.-, solicitando un nuevo mandamiento de embargo por la nueva suma (fs. 10 y vta.). El Juez recurrido mediante Resolución de 1 de noviembre de 2001 excluyó del proceso coactivo a Enrique Freddy Gonzáles y Dorys Justiniano de Gonzáles, enmendando el monto a ejecutarse en la suma de $us 88.900.-, disponiendo que la suma sea cancelada por los recurrentes y ordenando se libre mandamiento de embargo sobre los bienes dados en garantía hipotecaria (fs. 11); el mandamiento fue librado el 4 de noviembre de 2002 (fs. 12).