Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1852/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
II.5.
II.5. Mediante Auto de 21 de marzo de 2003, ante la ausencia de postores, el Banco coactivamente se adjudicó el inmueble ubicado en la zona Nor este U.V. 41, Manzana 542-M39, Lote 1, en la suma de $us27.162,72, de propiedad de los recurrentes (fs.22), habiéndose librado mandamiento de desapoderamiento el 2 de mayo de 2003, sobre el referido inmueble (fs. 24). En la misma fecha se libró otro mandamiento de desapoderamiento sobre el inmueble ubicado en la zona Este Urbanización Navidad, Villa Anita U.V “Nº” 85-B, Manzana 35 (fs. 23), el que fue ejecutado el 4 de agosto de 2003 y entregado al Banco coactivante (fs. 49 a 50)