Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2004
Fecha: 06-Dic-2004
II.2.
II.2. El 22 de junio de 2004, Valeriano Justino López Cadima, mediante memorial solicitó al Ministro de Trabajo y Microempresa, que con arreglo a los DDSS 16167 de 9 de febrero de 1979 y 17286 de 10 de marzo de 1980, dicte resolución reconociendo su antigüedad laboral, desde la fecha de su contrato el 2 de abril de 1975, hasta su retiro el 25 de diciembre de 1985, pues aunque fue retirado dos veces por motivos políticos, dando aplicación a las normas citadas fue reincorporado, sin embargo COMIBOL, no canceló los aportes devengados a la seguridad social, como correspondía (fs. 41).