SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2004

Fecha: 09-Dic-2004

I.3.  Alegaciones de la autoridad recurrida

Mediante memorial presentado el 13 de octubre de 2004 (fs. 88) Félix Álvarez G., Inspector de Trabajo señaló que su autoridad sólo cumplía las funciones de servidor público, limitando sus actos a la conciliación entre partes, careciendo de personería jurídica para responder al presente recurso, porque considera que quien debe ser demandado es el Ministro de Trabajo, dado el principio de jerarquía, por lo que se ve imposibilitado de efectuar respuesta alguna, indicando que actuó conforme a las disposiciones establecidas en la Ley General del Trabajo, su Decreto Reglamentario, código procesal del trabajo y demás leyes conexas.