Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1859/2004-R
Fecha: 06-Dic-2004
I.2.3. Intervención del tercero interesado
La abogada del tercero interesado, señaló que el presente recurso de amparo constitucional no puede ser utilizado como sustitutivo de otros recursos, a la fecha, se encuentra en la Corte Superior, un recurso de apelación, en trámite, por lo que hizo notar que se trata de un homicidio; finalmente, solicitó se declare improcedente el presente recurso.
- recurso
- a)
- I.2.1.
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- III.3.
- III.4.
- sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público, bajo parámetros objetivos; no procediendo la extinción cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado.
- APRUEBA