Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1859/2004-R
Fecha: 06-Dic-2004
II.3.
II.3. El Juez recurrido dictó la Sentencia 72/2004, de 18 de junio, declarando al ahora recurrente autor del delito previsto en el art. 251 del Código penal (CP), por la existencia de plena prueba, condenándole a la pena privativa de libertad de 20 años de presidio en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz (fs. 5 a 8 vta.); Resolución que apelada, fue concedida ante el superior en grado -en alguna de las Salas Penales- (fs. 4).
- recurso
- a)
- I.2.1.
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- III.3.
- III.4.
- sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público, bajo parámetros objetivos; no procediendo la extinción cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado.
- APRUEBA