Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1886/2004-R
Fecha: 06-Dic-2004
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
La recurrente interpone hábeas corpus contra Rolando Claros Ortiz, Juez de Instrucción Penal Cautelar de Villa Tunari, solicitando se declare procedente el recurso, se ordene su irrestricta libertad o se anulen obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta que se le ponga físicamente a disposición del Juez cautelar.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- i)
- “
- III.2.
- se debe analizar la existencia de lesiones al derecho a la libertad del recurrente, sin importar que hubiera cesado la persecución o detención ilegal
- III.3.
- tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente
- III.4.
- 1º APROBAR en parte