Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1886/2004-R
Fecha: 06-Dic-2004
III.3.
III.3. En cuanto a la segunda parte de la denuncia y su vinculación con el debido proceso, resulta pertinente referirse a lo señalado por este Tribunal en la SC 1865/2004-R, de 1 de diciembre, en la que modulando entendimientos jurisprudenciales anteriores, como los contenidos en las SSCC 0760/2003-R, 1718/2003-R, 1655/2004-R y 1714/2004-R, se han establecido los siguientes aspectos:
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- i)
- “
- III.2.
- se debe analizar la existencia de lesiones al derecho a la libertad del recurrente, sin importar que hubiera cesado la persecución o detención ilegal
- III.3.
- tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente
- III.4.
- 1º APROBAR en parte