Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1956/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.2.
II.2. Por Resolución de 25 de febrero de 1999, se declaró probada la excepción de sanción a favor de la representada de la recurrente (fs. 9 y 10). Posteriormente se emitió la Sentencia 118/99 de 22 de noviembre de 1999, en la que se le excepcionó de pena y culpa en aplicación de la segunda parte del art. 75 de la Ley 1008 por el delito de encubrimiento (fs. 20 a 40). En recurso de apelación la Sala Penal Primera, mediante Auto de Vista 576/2000 de 26 de octubre confirmó la Sentencia en todas sus partes (fs. 41 a 42).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- Fragmento 16
- directamente vinculado con la privación de libertad,
- III.5.
- sin embargo, la presunta conculcación de tal garantía, en este caso, no constituye la causa inmediata que determinó su privación de libertad
- III.6.
- improcedencia
- APRUEBA