Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1958/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
II.5.
II.5. El 22 de octubre de 2004, el recurrido recibió informe del Director de la PTJ, en sentido de no contar con personal disponible para cumplir la misión encargada de custodiar la detención domiciliaria del recurrente, por lo que decretó notificar al Comandante Departamental de la Policía (fs. 71).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- De ahí que la tesis que propugna el equilibrio entre la búsqueda de la eficiencia y la salvaguarda de los derechos y garantías, se constituye en la síntesis que busca cumplir eficazmente las tareas de defensa social, sin abdicar del resguardo de los derechos y garantías del imputado
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR