SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1969/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1969/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

II.2.

II.2.  Al día siguiente 11 de noviembre de 2004, el Fiscal corecurrido presentó ante el Juez cautelar corecurrido, requerimiento de imputación formal, en el que después de relatar todas las circunstancias del hecho denunciado y establecer que existía el mismo y los suficientes elementos de convicción para sostener que la recurrente era partícipe, le imputó el delito de robo previsto y sancionado por el art. 331 del CP. Por otro requerimiento de la misma fecha, solicitó se aplique la medida de detención preventiva exponiendo: a) la imputada no señaló ni demostró domicilio habitual, lo que podría ser aprovechado para darse a la fuga y la obstaculización de la averiguación de la verdad; b) de los hechos, se presumía que la imputada destruiría, modificaría, ocultaría o suprimiría los elementos de prueba del hecho, debiendo tomarse en cuenta que influiría negativamente entre los testigos del hecho; y c) se tomó plena convicción de que la imputada era autora o partícipe del hecho denunciado (fs. 11-13, 14-15).