Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2004-R
Fecha: 09-Feb-2004
III.6.
III.6. Finalmente, la Fiscal recurrida no cumplió con la función de defensa de la legalidad que le asignan los arts. 124 CPE, 46 inc. 9) CPP.1972 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en virtud de la cual tiene el deber de velar por el respeto de los derechos y garantías que reconoce la Constitución, los convenios y tratados internacionales, y las leyes vigentes; al contrario, en un requerimiento que carece de fundamentación, solicitó la rebeldía de los procesados, por lo que el presente recurso de hábeas corpus, es también procedente contra esta autoridad.