SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0184/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0184/2004-R

Fecha: 09-Feb-2004

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente se ratificó en el tenor íntegro de su demanda y la amplió manifestando que una vez formulada la apelación en el efecto devolutivo, no se remitieron obrados a la Corte Superior en las 24 horas previstas por el art. 244 CPC, sino recién a un año de su formulación evidenciándose que hubo un error en cuanto al trámite de la apelación porque por efecto del referido medio impugnativo no podía proceder la liquidación de pensiones ya que el monto fijado podría ser modificado por el tribunal de apelación.