Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0184/2004-R
Fecha: 09-Feb-2004
II.4.
II.4. El 15 de febrero de 2003, Juan Cusicanqui Salinas, Juez Tercero de Partido de Familia, libró mandamiento de apremio contra el recurrente por la suma de Bs8.250.- por concepto de asistencia familiar, el mismo que no pudo ser ejecutado al no ser habido el actor (fs. 9 y vta.), por tal razón la Jueza demandada, por Auto de 13 de mayo de 2003 dispuso se libre un nuevo mandamiento de apremio con habilitación de días y horas (fs. 43), el cual fue ejecutado, encontrándose el actor recluido en la cárcel de San Pedro (fs. 51).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- a)
- III.1.
- no pudiendo diferirse por recurso o procedimiento alguno
- Consiguientemente, al haberse aprobado una planilla de pensiones devengadas sin ser observada por el recurrente, éste guarda detención por incumplimiento de pago de la pensión de asistencia familiar, en mérito a una orden judicial, pronunciada legalmente con la facultad establecida en el art. 436 CF, al estar prevista en el art. 11 de la Ley de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales (LAPACOP)
- APRUEBA