Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2004-R
Fecha: 12-Feb-2004
II.2.
II.2. Emitido el Auto de remisión de antecedentes al tribunal ad quem, los representados del recurrente fueron notificados el 28 de noviembre de 2003 en la oficina de su abogado (fs.89 vta.); y, con el Auto de señalamiento de audiencia de vista de la resolución de las medidas cautelares en apelación, fueron notificados en tablero (fs. 91).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- (fs. 36),
- II.2.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- in fine
- Practicada la notificación legal a las partes, con la resolución que impone la medida cautelar personal, el decreto de remisión de obrados ante el tribunal de alzada
- fueron notificados en la oficina de su abogado con el Auto de remisión de antecedentes a la Corte Superior de Justicia -extremo que no han negado ni desvirtuado-
- III.5.
- APRUEBA