SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2004- R
Fecha: 17-Feb-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Dentro del proceso penal que se le siguió bajo el sistema procesal antiguo por el delito de sabotaje en el Juzgado a cargo del recurrido, no se observó que durante la etapa de diligencias de Policía Judicial, nunca fue notificado, menos citado por cedulón para que preste su declaración informativa, con lo que se le impidió comparecer ante la autoridad policial o al fiscal para poder contradecir la versión del denunciante y querellante, menos tuvo la oportunidad de introducir prueba testifical, pericial, que permitieran establecer que es inocente de los cargos que le imputó David Durán Torres. Tampoco, se presentó imputación formal en su contra por parte del Ministerio Público, pues a la simple petición de ampliación del querellante al asignado al caso, se introdujo su nombre en las conclusiones, sin haberse verificado si personalmente cometió el delito, por lo que a la fecha está amenazado directamente en su derecho a la libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- (fs. 51),
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1 Sobre el primer punto de la denuncia en sentido de que nunca se le hizo conocer la denuncia, por lo que no pudo desvirtuarla ni aportar prueba ante la autoridad policial o el fiscal, y con ello, se le provocó indefensión condenándole sin que hubiera sido oído y juzgado
- III.2.
- III.3.