SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2004- R

Fecha: 17-Feb-2004

II.2.

II.2.   El 26 y 27 de enero de 1999, fueron emitidas cédulas de comparendo para que el recurrente se presente a prestar su declaración policial dentro de la citada denuncia, pero éstas fueron representadas por el funcionario policial señalando que no fue habido (fs. 92 y 93). Remitidas las diligencias de Policía Judicial al Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, esta autoridad el 1 de febrero de 1999, dictó Auto Inicial de la Instrucción contra el recurrente por el delito de sabotaje (fs. 106).