Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2004- R
Fecha: 17-Feb-2004
II.3.
II.3. El 9 de febrero de 1999, el recurrente mediante memorial argumentó que sin que hubiera sido notificado, el querellante le hizo incluir en el sumario penal, por lo que en el transcurso del proceso estaba dispuesto a probar su inocencia, a cuyo efecto solicitó libertad provisional, la cual, se le concedió por Auto Motivado de 12 de febrero de 1999, imponiéndosele fianza económica (fs. 134, 139, 169-171).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- (fs. 51),
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1 Sobre el primer punto de la denuncia en sentido de que nunca se le hizo conocer la denuncia, por lo que no pudo desvirtuarla ni aportar prueba ante la autoridad policial o el fiscal, y con ello, se le provocó indefensión condenándole sin que hubiera sido oído y juzgado
- III.2.
- III.3.