Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0251/2004-R
Fecha: 20-Feb-2004
II.9.
II.9. El 15 de septiembre de 2003, la actora interpuso recurso de apelación, bajo los siguientes argumentos: a) el Auto de apertura de proceso y la resolución final le atribuyeron faltas no denunciadas por Alfredo Arnez; b) la inadecuada valoración de las pruebas y falta de fundamentación de la resolución; c) la falta de reincidencia de su parte, pues si bien se aplicaron sanciones disciplinarias anteriormente se refirieron a conductas diferentes (fs. 618-623).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.6
- II.8
- II.9.
- )
- III.1
- III.2
- procede única y exclusivamente cuando se han agotado los recursos y medios existentes para que la persona exija se respeten los derechos y garantías que estima lesionados
- III.3
- III.4
- APRUEBA