Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2004-R
Fecha: 20-Feb-2004
I.3.1
El abogado del recurrente sostiene que el Fiscal remitió los antecedentes y al detenido ante el Juez cautelar, por lo que, aquél ya no esta bajo la jurisdicción del Fiscal y en consecuencia pide la suspensión de la audiencia y que en virtud de la ampliación de la demanda contra el juez se proceda en ese sentido.