Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2004
Fecha: 16-Mar-2004
II.2.
II.2. La recurrente formuló apelación contra esa decisión (fs. 19 a 22), que, luego de respondida (fs.24 a 26), fue concedida mediante Auto de 19 de marzo de 2001 (fs. 27). Encontrándose radicado el proceso ante la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Cochabamba, la recurrente solicitó se promueva el presente recurso en esa instancia.
- Justina Bustamante Valdivia,
- a)
- b)
- d)
- e)
- (sic)
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución del Tribunal
- c)
- rechazó
- revocó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- la citada disposición legal y muchas otras han tenido y tienen vigencia plena en el ordenamiento jurídico del país,
- III.3.
- Usucapión decenal o extraordinaria)
- III.4.
- diversas formas de interpretación como la 'previsora'
- 2º EXHORTA