Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2004
Fecha: 31-Mar-2004
de cada legislatura ordinaria
I. El Gobierno Municipal, a través del Alcalde Municipal, presentará las Ordenanzas de Tasas y Patentes, sus modificaciones o enmiendas al H. Senado Nacional dentro de los primeros sesenta días de cada legislatura ordinaria, previo dictamen técnico motivado del Poder Ejecutivo, el mismo que será emitido en el plazo máximo de veinte días a partir de su presentación; caso contrario, remitirá sin el dictamen requerido.
- por Jorge Azurduy Jiménez en representación de Balvina Castro Quispe y otros
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II. CONCLUSIONES
- II.2.
- III.
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 9
- de cada legislatura ordinaria
- gestión 2001
- Tributos
- Tasas
- Contribuciones especiales
- La Patente
- III.5
- autorización o permiso anual
- III.6.
- APLICABILIDAD