SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2004

Fecha: 31-Mar-2004

La Patente

            La Patente, a su vez, constituye un permiso anual de la autoridad competente para el ejercicio de una  determinada actividad, que se materializa a través de un pago en forma de tributo. El art. 9.III del CTB señala que “Las Patentes Municipales establecidas conforme a lo previsto por la Constitución Política del Estado, cuyo hecho generador es el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público, así como la obtención de autorizaciones para la realización de actividades económicas”.           

            En resumen, la Patente constituye una autorización o permiso anual que otorgan los Gobiernos Municipales para que en su jurisdicción se desarrollen determinadas actividades económicas, entre ellas las que los Abogados realizan en  sus bufetes,  y por lo mismo, no  se grava el ejercicio profesional  en sí o la prestación de servicios profesionales como tal.