SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0267/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
El Reglamento de Faltas y Sanciones
El Reglamento de Faltas y Sanciones aprobado por Resolución Suprema 212414 de 21 de abril de 1993, en su art. 7 manifiesta que el incumplimiento de los deberes señalados por el art. 8 incisos a), f) y h), de las obligaciones impuestas por la legislación educativa en vigencia y la inobservancia de dicho Reglamento, constituyen faltas o infracciones disciplinarias cometidas en el ejercicio de las funciones docentes y las jerarquías educativas.
El art. 9 inc. f) tipifica como falta leve el abandono injustificado de funciones; el art. 10 inc. h) puntualiza que se considera falta grave el abandono del lugar de las funciones hasta cinco días en escuelas urbanas y siete en lugares alejados sin licencia ni autorización. El art. 11-a) señala que es falta muy grave la reincidencia en faltas graves; el mismo artículo en su inciso i) también contempla como falta muy grave el cobro de haberes y otros beneficios sin la correspondiente contraprestación de servicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el retiro de personal
- El Reglamento de Faltas y Sanciones
- DS 25232,
- III.2.
- ...
- III.3.
- Fragmento 19
- APRUEBA