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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0267/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0267/2004-R

    Fecha: 01-Mar-2004

    Fragmento 19

             Es menester dejar claro que lo concerniente a los haberes devengados del  recurrente, deberá ser resuelto por la autoridad competente dentro del proceso disciplinario que se  instaurará en su contra, por lo que este Tribunal no puede  realizar determinación alguna en ese sentido al existir una instancia que tiene potestad para hacerlo.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • procedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • el retiro de personal
    • El Reglamento de Faltas y Sanciones
    • DS 25232,
    • III.2.
    • ...
    • III.3.
    • Fragmento 19
    • APRUEBA

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