SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

a)

El abogado y apoderado de las autoridades recurridas sostuvo lo siguiente: a) se ha dispuesto el retiro de la recurrente  en virtud de lo estipulado  por el art. 55 del DS 21060; b) la actora ha acudido ante autoridades que no tenían potestad de resolver su problema; c) en ningún momento se ha negado el derecho que tiene la ex - funcionaria al cobro de sus beneficios sociales; d) en el memorando de despido no se ha  mencionado ninguna acusación contra la recurrente, o sea que no existe  motivo alguno para iniciarle proceso; e) la actora no ha  acudido a  la judicatura laboral “ni ante la Superintendencia del Servicio Civil”, o sea que no ha agotado las instancias que tiene a su alcance para reclamar por los derechos que cree conculcados; f) el Estatuto del Funcionario Público en sus arts. 2 y 3 delimita su ámbito de aplicación, indicando que las carreras administrativas del servicio de salud y seguridad social, entre otras, se regulan por su legislación especial aplicable en el marco de dicho Estatuto. Pidió se declare la improcedencia del amparo constitucional.