Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
II.1.
II.1. María Luisa Jesús Villegas prestó funciones en la Caja de Salud de Caminos y Ramas Afines desde 1988 hasta el 8 de julio de 2003, fecha en la que, por memorando 146/03 (fs. 2), el Presidente Ejecutivo y el Gerente de Servicios de Salud -hoy recurridos- le comunicaron que se resolvió prescindir de sus servicios en aplicación del art. 55 del DS 21060 y por razones de reestructuración administrativa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Servicio de Salud Pública y Seguridad Social,
- III.2.
- Tampoco es aplicable lo previsto por el art- 70-a) Estatuto del Funcionario Público
- Fragmento 16