Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
II.4.
II.4. La recurrente solicitó ser restituida a su cargo a la Prefecta del Departamento, en 30 de octubre de 2003 (fs. 33). El Director Jurídico de la Prefectura de Potosí emitió el informe 188/03 en el que expresa que de acuerdo al Estatuto del Funcionario Público, la actora “cuenta con los requisitos exigidos para ser considerada institucionalizada”, sugiriendo sea restituida a su fuente laboral.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Servicio de Salud Pública y Seguridad Social,
- III.2.
- Tampoco es aplicable lo previsto por el art- 70-a) Estatuto del Funcionario Público
- Fragmento 16