SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

III.3

III.3      En el caso de análisis, no existe constancia de que el recurrente hubiera sido citado de comparendo para prestar su declaración dentro del caso que se investiga, por el contrario, en obrados consta la papeleta de citación sin diligenciar, lo que se colige  que el denunciado nunca fue citado de comparendo, y no obstante esta circunstancia, el Fiscal demandado expidió la orden de aprehensión, omitiendo su obligación de velar por la legalidad: lo que determina que la aprehensión ordenada por el Fiscal recurrido ha sido ilegal así como la ejecución del mandamiento por parte de los co-recurridos, quienes estaban en la obligación de representar ante el Fiscal la ilegalidad de la aprehensión ordenada.