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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0329/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0329/2004-R

    Fecha: 10-Mar-2004

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos al trabajo y al ejercicio de la función pública, aduciendo que sin exisitr sentencia condenatoria ejecutoriada en su contra, ha sido suspendido primero definitivamente y luego en forma temporal de su cargo de concejal. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.

    • recurso
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • improcedente
    • II.1
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la suspensión temporal de un concejal procede por existir en su contra auto de procesamiento ejecutoriado
    • III.2
    • etapa que puede concluir con la acusación (que equivaldría al viejo auto de procesamiento) que realiza el fiscal ante el Juez o Tribunal de Sentencia
    • III.3
    • APROBAR

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