Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
II.3.
II.3. El actor, mediante escrito presentado el 9 de septiembre de 2003 (fs. 221), adjuntó y ratificó pruebas y solicitó se realice una inspección ocular en inmediaciones de Radio “Chacaltaya”. La prueba fue admitida por la Jueza, que rechazó el pedido de inspección mencionado. Asimismo, ofreció más prueba a través del memorial de 4 de noviembre (fs. 227).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , y antes de que se resuelva el amparo desiste del mismo
- III.2.
- contra esta determinación no se formuló recurso alguno,
- y 96.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- III.3.
- APRUEBA