SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2004- R

Fecha: 17-Mar-2004

II.4.

II.4. El 14 de marzo de 2003, ante otra petición de certificado presentada por el recurrente, se expidió nuevo certificado en el que se mantenía el antecedente por la misma denuncia, lo que motivó que el recurrente por memorial presentado el 6 de octubre de 2003, solicitara al Director Nacional de la PTJ disponga la anulación del mismo. Esta solicitud, fue atendida por el Subdirector, quien proveyó en la misma fecha de su presentación, disponiendo que se acuda al Juez de Garantías Constitucionales, por ser éste la autoridad competente para ordenar la cancelación de dicho antecedente. Ante esta respuesta, el recurrente insistió en su petitorio nuevamente ante el Director referido, decretándose a través de Asesoría legal que se informe por la División de Registros, Kardex y Archivo, lo que se cumplió el 22 y 23 de octubre de 2003, informándose que se mantenía el antecedente, tal como se extendió el último certificado el 22 de octubre de 2003 (fs. 4, 5, 6, 25, 26).