Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2004- R
Fecha: 17-Mar-2004
III.1.
III.1. El recurso de amparo, por mandato de la misma Constitución, está regido por el principio de subsidiariedad, característica que también ha sido recogida por el legislador boliviano al establecer diferentes causales de improcedencia en observancia de dicho principio, lo que también ha llevado a este Tribunal; a través de una interpretación ajustada a dichas normas, a desarrollar situaciones de improcedencia por falta de agotamiento de los medios y recursos ordinarios o administrativos que la parte recurrente no hubiera agotado aún o no los agotó en su oportunidad.