SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2004- R
Fecha: 17-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a sus derechos a la seguridad jurídica y a la petición, consagrados en el art. 7 incs. a) y h) CPE, denunciando que han sido vulnerados por el recurrido, puesto que no obstante que en la SC 188/2001-R se aprobó la procedencia del recurso de hábeas corpus que planteó y que ha presentado reiteradas peticiones para que se cancele el antecedente policial registrado en su kardex personal, se niega a ordenar dicha cancelación. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales y/o omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales y/o garantías constitucionales referidos, a fin de otorgar la tutela solicitada.