SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2004-R

Fecha: 17-Mar-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

       El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos a la igualdad, seguridad jurídica,  trabajo, a percibir justa remuneración, presunción de inocencia, a la defensa y al debido proceso, previstos por los arts. 6.I; 7.a), d) y j); 16.I), II) y IV) CPE, por cuanto dentro de un proceso disciplinario que se le siguió en su rebeldía por supuesta deserción, los demandados no lo notificaron con el Auto inicial de la instrucción ni con ningún otro actuado procesal. Es así que dictado el auto motivado por el tribunal sumariante al no haber sido apelado, en consulta el Comandante General de la Policía Nacional  mediante Resolución 230/2003 de 15 de julio de 2003 lo sancionó con su baja definitiva sin derecho a reincorporación  por la comisión de la grave falta de deserción, sin tener presente que al no haber tenido conocimiento del proceso no pudo asumir defensa ni demostrar que sus funciones las desempeñó en forma ininterrumpida, además de que la conformación del tribunal fue irregular pues el Secretario designado fue un civil administrativo y no un oficial como lo exige el Reglamento de Disciplina y Sanciones (RDS). Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.