Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
II.3
II.3 El 21 de enero de 2003, el representado del recurrente observó a la Gerente Nacional de Recursos Humanos respecto a la calificación final de su evaluación de confirmación, aduciendo que es incorrecta y que la Directora de Auditoria Interna lo convocó a su despacho para comunicarle que su calificación era de 58, cuando lo que correspondía eran 70 puntos de acuerdo con la ponderación efectuada por el profesional que supervisó directamente su trabajo (fs. 7 a 14).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.7
- II.8
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- siendo sus decisiones definitivas, sin que admitan, en la vía administrativa, recurso ulterior alguno, salvo el contencioso administrativo
- Resolución Administrativa emitida por la Superintendencia de Servicio Civil, no cabe en esta jurisdicción analizar si la destitución fue legal o no, dado que tal presupuesto ya fue dilucidado en el fondo por la referida autoridad administrativa
- III.2
- III.3
- APROBAR