SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

siendo sus decisiones definitivas, sin que admitan, en la vía administrativa, recurso ulterior alguno, salvo el contencioso administrativo

            “(...) en el marco de los principios de la legalidad y la seguridad jurídica, el legislador ha previsto, en el art. 66 EFP, que la resolución dictada en el recurso jerárquico tendrá el carácter definitivo, por lo que será inalterable e irrevisable; (...) la competencia de la Superintendencia de Servicio Civil para conocer y resolver los recursos jerárquicos, está limitada a los casos en los que previamente se hayan agotado los procedimientos de reclamación ante las correspondientes entidades, conforme a Reglamento, siendo sus decisiones definitivas, sin que admitan, en la vía administrativa, recurso ulterior alguno, salvo el contencioso administrativo. (...) Las resoluciones denegatorias de los recursos de revocatoria pronunciadas por autoridad administrativa correspondiente, podrán ser impugnadas en recurso jerárquico ante el Superintendente de Servicio Civil, quien se pronunciará mediante resolución administrativa en única y última instancia, sin lugar a recurso administrativo ulterior salvo el contencioso administrativo” (las negrillas son nuestras).