Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
II.9
II.9 Según Memorándum 08-0217-04 de 22 de enero de 2004, el Presidente Ejecutivo del SIN en cumplimiento a lo dispuesto por la Superintendencia del Servicio Civil dejó sin efecto el Memorándum de desvinculación del representado del recurrente y dispuso se presente a partir del 23 del mismo mes y año para asumir funciones (fs. 84).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.7
- II.8
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- siendo sus decisiones definitivas, sin que admitan, en la vía administrativa, recurso ulterior alguno, salvo el contencioso administrativo
- Resolución Administrativa emitida por la Superintendencia de Servicio Civil, no cabe en esta jurisdicción analizar si la destitución fue legal o no, dado que tal presupuesto ya fue dilucidado en el fondo por la referida autoridad administrativa
- III.2
- III.3
- APROBAR