Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
II.1.
II.1. La SC 621/2003-R, de 8 de mayo (fs. 167 a 172) revocó y declaró procedente el recurso de amparo constitucional interpuesto por Osney Martínez Dáguer -ahora co-demandado- contra la recurrente y otros concejales de San Borja argumentando que la elección como nueva Alcaldesa de la actora era ilegal por cuanto al momento de aceptarse la renuncia del titular Roberto Araúz Rea, dejó de ocupar ese curul, no pudiendo ingresar a la elección según el mandato del art. 47 de la LM puesto que ya no era miembro en ejercicio del ente deliberante, siendo que después de tres días de verificada la elección de dicha Alcaldesa Roberto Araúz Rea solicitó recién su licencia indefinida de Concejal.
- Hilda Luisa Rea Galloso de Gallardo, Concejala Municipal
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- las autoridades recurridas incumplieron el procedimiento señalado por la Ley de Municipalidades
- III.3.
- III.4.