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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2004-R

    Fecha: 31-Mar-2004

    III.1.

    III.1. El recurso de amparo constitucional consagrado por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE), ha sido instituido como una garantía de protección inmediata contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos en la Constitución y las Leyes.

    • Hilda Luisa Rea Galloso de Gallardo, Concejala Municipal
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • las autoridades recurridas incumplieron el procedimiento señalado por la Ley de Municipalidades
    • III.3.
    • III.4.

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