Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0353/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
II.1.
II.1. Mediante Auto de 5 de enero de 2004, la Jueza recurrida ordenó la detención preventiva de Juan Carlos Zapata Enríquez en la Cárcel pública de “San Antonio”, al presentarse los requisitos establecidos en el art. 233 CPP y, mediante Auto de la misma fecha, en mérito a la apelación formulada por el abogado del hoy recurrente, se elevaron antecedentes ante la Sala Penal de Turno de la Corte Superior (fs. 11).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- 1) p
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , su tramitación debe ser lo más inmediata posible, dada la calidad del derecho que involucra, es así, que los jueces están llamados a otorgarle pronta y especial atención en todo proceso, sin que valgan excusas de otra índole
- III.2.